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Gastos e impuestos al comprar una plaza de garaje: cuánto pagarás en total (2026)

El precio que ves en el anuncio no es lo que pagarás. Comprar una plaza de garaje tiene impuestos, notaría y registro que suman entre un 8 % y un 14 % sobre el precio de compra, según la comunidad autónoma y si la plaza es de segunda mano o de promotor. Esta guía lo detalla todo.


Resumen de costes según el tipo de compra

ConceptoSegunda mano (particular a particular)Obra nueva (promotor)
ITP4 – 10 % (según CCAA)No aplica
IVANo aplica21 %
AJDNo aplica0,5 – 1,5 % (según CCAA)
Notaría150 – 350 €150 – 350 €
Registro de la Propiedad80 – 200 €80 – 200 €
Gestoría (opcional)200 – 500 €200 – 500 €

Segunda mano: el ITP y el Valor de Referencia Catastro

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El ITP es el impuesto que paga el comprador cuando adquiere una plaza de segunda mano a un particular. No lo paga el vendedor. El tipo varía por comunidad autónoma:

Comunidad autónomaTipo ITP
País Vasco4 %
Madrid6 %
Navarra6 %
Andalucía7 %
Aragón8 %
Asturias8 %
Canarias6,5 %
Cantabria10 %
Castilla-La Mancha9 %
Castilla y León8 %
Cataluña10 %
Comunitat Valenciana10 %
Extremadura8 %
Galicia10 %
Islas Baleares8 %
La Rioja7 %
Murcia8 %

El ITP se liquida en la oficina liquidadora de la comunidad autónoma donde está ubicada la plaza, en un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura.

El Valor de Referencia Catastro: el coste oculto que muchos compradores ignoran

Desde enero de 2022, la ley obliga a calcular el ITP sobre el valor más alto entre el precio real de compraventa y el Valor de Referencia Catastro de la plaza.

Este valor lo fija el Catastro a partir de las transacciones reales de la zona y no debe confundirse con el valor catastral que aparece en el recibo del IBI: son dos magnitudes distintas.

El riesgo concreto: si compras una plaza por 10.000 € pero el Valor de Referencia Catastro es de 13.000 €, tendrás que pagar el ITP sobre 13.000 €. Si lo declaras sobre los 10.000 €, Hacienda emitirá meses después una liquidación complementaria exigiendo la diferencia más intereses de demora y, en su caso, una sanción.

Cómo consultarlo antes de firmar: entra en la Sede Electrónica del Catastro (catastro.hacienda.gob.es) con la referencia catastral de la plaza y busca el Valor de Referencia. Si el sistema indica “Inmueble sin valor de referencia” —habitual en parkings muy antiguos o en zonas con poca actividad de compraventa— podrás liquidar el ITP sobre el precio real.


Obra nueva: IVA y AJD

Si compras la plaza directamente al promotor sin adquirir también una vivienda en el mismo acto, el régimen fiscal es diferente:

IVA al 21 %

El promotor aplica IVA al 21 % sobre el precio base de la plaza. No aplica el tipo reducido del 10 % porque ese tipo está reservado para la entrega conjunta de vivienda + plaza de garaje en el mismo contrato.

Ejemplo: una plaza nueva a 20.000 € → IVA: 4.200 € → coste real: 24.200 €.

AJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados)

Además del IVA, en obra nueva se paga el AJD, que oscila entre el 0,5 % y el 1,5 % según la comunidad autónoma. Este impuesto grava el hecho de formalizar la operación en escritura pública inscribible. En compraventas de segunda mano entre particulares con ITP, el AJD no se aplica: ambos impuestos son incompatibles.


Notaría, Registro y Gestoría

Notaría

Los honorarios notariales son aranceles regulados por el Real Decreto 1426/1989 y van por tramos de valor. Para plazas de garaje de entre 6.000 € y 15.000 €, el arancel puro del notario suele oscilar entre 150 € y 350 €. La factura puede ser algo mayor si la escritura tiene muchos folios, si se solicitan varias copias autorizadas o si la operación incluye cancelación simultánea de hipoteca del vendedor. El rango de 800 € solo se alcanza cuando se incluye también la gestoría o cuando hay hipoteca de por medio.

Registro de la Propiedad

La inscripción del cambio de titularidad en el Registro también tiene arancel regulado. Para plazas de precio bajo o medio (6.000 – 15.000 €), el coste suele estar entre 80 € y 200 €. Técnicamente no es obligatorio inscribir, pero es imprescindible para proteger tu propiedad frente a terceros y para cualquier operación futura.

Gestoría

No es obligatoria, pero si no quieres encargarte personalmente de liquidar el ITP en el plazo de 30 días y presentar la escritura en el Registro, una gestoría lo hace por entre 200 € y 500 €. En operaciones con financiación bancaria, el banco suele imponer su propia gestoría.


La regla práctica: cuánto reservar

Precio de la plazaGastos totales estimados (segunda mano, ITP 8 %)Gastos totales estimados (obra nueva, IVA 21 % + AJD 1 %)
8.000 €1.240 – 1.740 €1.860 – 2.160 €
12.000 €1.560 – 2.160 €2.700 – 3.060 €
18.000 €2.040 – 2.840 €4.020 – 4.440 €
25.000 €2.600 – 3.600 €5.550 – 6.050 €

Regla general: presupuesta entre un 8 % y un 12 % adicional sobre el precio de compra en segunda mano, y entre un 22 % y un 24 % en obra nueva (por el IVA del 21 %).


Preguntas frecuentes

¿Pago ITP aunque la compraventa sea con contrato privado sin notario? Sí. El ITP se devenga con la transmisión del inmueble, no con la escritura pública. No declararlo es una infracción tributaria. El plazo es de 30 días hábiles desde la firma del contrato, sea privado o público.

¿Quién paga la notaría, el comprador o el vendedor? Por defecto, los gastos de escritura los paga el comprador (salvo los de la primera copia, que paga quien la solicite). Sin embargo, esto es negociable: en la práctica, las partes pueden acordar repartirlos como quieran y plasmarlo en el contrato de arras.

¿Hay alguna bonificación o tipo reducido de ITP para plazas de garaje? Algunas comunidades autónomas tienen tipos reducidos para vivienda habitual o para familias numerosas, pero en general no se aplican a plazas de garaje adquiridas de forma independiente. Consulta la normativa de tu CCAA antes de hacer la compra.

¿Se puede deducir el ITP o el IVA? Depende del impuesto y de si alquilas la plaza o no.

ITP (segunda mano): no es deducible directamente como gasto, ni en el IRPF ni en ningún otro impuesto. Sí forma parte del coste de adquisición del inmueble, por lo que reduce la ganancia patrimonial cuando vendes en el futuro.

IVA (obra nueva, para inversores): aquí está la clave que muchos compradores no conocen. Si adquieres una plaza de obra nueva pagando el 21 % de IVA con la intención de alquilarla, y te das de alta como arrendador en Hacienda mediante el Modelo 036 antes de la compra, ese IVA del 21 % es íntegramente deducible — y recuperable — a través de tu primera declaración trimestral del Modelo 303. Esto es posible porque el alquiler de una plaza de garaje independiente es una actividad sujeta a IVA: al convertirte en arrendador, eres “empresario” a efectos del IVA y tienes derecho a deducir el IVA soportado en la compra frente al IVA repercutido en los alquileres. En la práctica, si hay más IVA soportado que repercutido en ese primer trimestre, Hacienda te devuelve la diferencia. Es un mecanismo legal, bien documentado, y marca una diferencia muy relevante en la rentabilidad de la inversión en plaza de obra nueva.


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